Los firmantes del amicus argumentan que la suspensión de la ley conlleva una "afectación seria de derechos individuales y colectivos de terceros que no participaron en el proceso".
(AMARC/IFEX) – 11 de junio de 2010 – Más de veinte organizaciones acreditaron su interés y afectación por la suspensión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual mediante un amicus curiae (amigos de la corte) presentado el 9 de junio de 2010 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación argentina. Solicitan que se restablezca la vigencia de la ley 26.522, sancionada por el Congreso en octubre de 2009 tras un debate democrático.
Los firmantes del amicus – entre los que se encuentran representantes de universidades, sindicatos, y organizaciones como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) – argumentaron que la suspensión de la Ley conlleva una «afectación seria de derechos individuales y colectivos de terceros que no participaron en el proceso», por tanto demandaron a la Suprema Corte «analizar de manera estricta y rigurosa los requisitos que habilitan la procedencia de las medidas, así como su necesidad en tanto que éstas restringen derechos humanos.»
Además, argumentaron la «errónea consideración de este caso como un caso colectivo y la legitimación del actor para presentar un caso con estas características.» Esto es debido a que el diputado nacional Enrique Thomas, quien solicitó la suspensión, lejos de ser, como planteó, un representante de todos los «consumidores de medios audiovisuales», les produce un daño concreto con su acción judicial, al impedir que actores sin fines de lucro se beneficien de una nueva ley que contemple su acceso a las licencias.
Finalmente, el texto del amicus señala que la Cámara Federal de Mendoza, instancia que avaló la suspensión de Ley, bloqueó el debate democrático alcanzado para sancionar la Ley a través de una medida cautelar, en la que «analizó de manera preliminar y superficial cómo fue el proceso de formación de la ley 26.522 y concluyó que ésta debía ser suspendida, en su totalidad y en todo el territorio de la Argentina.»
AMARC América Latina y Caribe (AMARC ALC) recuerda que la citada Ley constituye una de las más avanzadas en materia de libertad de expresión dado que implica un paso trascendental para modificar un sistema de medios configurado con base en la concentración privada acentuando la exclusión de diversos actores de la sociedad. Organismos regionales e internacionales de derechos humanos reconocieron en su momento el avance en la materia que dicha legislación representa.
Por tanto, AMARC ALC une su voz a la del resto de las organizaciones firmantes del amicus y solicita a la Suprema Corte de Justicia argentina que emita un fallo que reconozca que la suspensión de la Ley mediante medida cautelar constituye un bloqueo inconstitucional de las reglas democráticas y resulta contraria a las condiciones que habilitan restricciones a los derechos humanos.