El miércoles 14 septiembre el Consejo de Estado responsabilizó al Ministerio de Defensa, al Ejército, a la Policía y al antiguo DAS como autores determinantes en el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón.
Este artículo fue publicado originalmente en flip.org.co el 15 de septiembre de 2016.
La Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP – considera positiva la condena proferida por el Consejo de Estado en contra de la Nación por el crimen de Jaime Garzón. Además hace un llamado a las autoridades judiciales para que incorpore las consideraciones de este fallo dentro de los procesos que se siguen en contra los exfuncionarios presuntamente responsables del crimen.
El miércoles 14 septiembre el Consejo de Estado responsabilizó al Ministerio de Defensa, al Ejército, a la Policía y al antiguo DAS como autores determinantes en el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón. Además, el alto tribunal reconoció el homicidio como un crimen de lesa humanidad.
Según el fallo proferido por la entidad judicial, el coronel del Ejército en retiro, Jorge Eliécer Plazas Acevedo, y el exsubdirector del DAS, José Miguel Narváez, son responsables de los seguimientos ilegales en contra de Garzón. Se les atribuye, también, la responsabilidad de compartir con Carlos Castaño la información recogida durante esos operativos ilícitos.
Por estos hechos, el alto tribunal determinó que el Estado era responsable por la permisividad frente a los vínculos existentes entre fuerzas estatales y los grupos armados al margen de la ley. Consideró, además, que el asesinato se cometió con fines terroristas y que fue una vulneración grave a los derechos humanos, especialmente por la indefensión en la que se encontraba el periodista para el momento del crimen.
En cuanto a la reparación, el Consejo ordenó que el Estado debe pagar casi 700 millones de pesos, equivalentes a 200 SMLMV, a la familia del periodista. El comandante general del Ejército y el director general de la Policía deberán presentar excusas públicas a los familiares de la víctima y citar con anticipación a los medios de comunicación para el cubrimiento del suceso. Este acto solemne debe realizarse dentro de los siguientes dos meses a la ejecución del fallo.
Adicionalmente, el Ministerio de Defensa Nacional deberá crear un link, que tendrá que estar disponible en la web durante al menos seis meses, para que los ciudadanos puedan consultar la decisión del Consejo de Estado. Se enviará, también, una copia de la sentencia al Centro Nacional de Memoria Histórica para contribuir con este caso a la construcción de la memoria sobre los crímenes ocurridos contra la prensa en medio del conflicto armado interno.
La FLIP le solicita a la Fiscalía General de la Nación que asuma su tarea de individualizar y castigar a todos los funcionarios que pudieron haber participado del crimen desde el interior de las instituciones públicas mencionadas en el fallo.
Hasta la fecha ningún funcionario o exfuncionario ha sido condenado por el asesinato de Garzón. La única sentencia existente que vincula a algún autor determinante se profirió en 2004 en contra de Carlos Castaño, sin embargo, para esa fecha el jefe paramilitar ya había desaparecido.