Mediante la publicación de un nuevo acuerdo, se ha creado la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión.
(ARTICLE 19/IFEX) – 5 de Julio de 2010 – El Estado mexicano finalmente ha dado respuesta a diversas denuncias de la sociedad civil y señalamientos de organismos internacionales de derechos humanos respecto al rotundo fracaso de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra Periodistas (FEADP). Mediante la publicación de un nuevo Acuerdo del Procurador General de la República (A/145/10) el día de hoy, desparece la FEADP y crea la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE). Aunque la medida está encaminada en la dirección correcta, ante la gravedad de la situación, continúa siendo insuficiente.
Si bien en términos generales el acuerdo A/145/10 muestra avances para la investigación y procuración de justicia en casos de delitos cometidos contra la libertad de expresión. El nuevo Acuerdo mantiene la regulación general del que le precede (A/031/06), lo que obstaculiza el atender de manera efectiva los problemas de investigaciones deficientes e inefectivas en los casos de agresiones a periodistas. En este sentido se expone la posición de ARTICLE 19 sobre el nuevo Acuerdo:
– El Acuerdo A/145/10 como tal no es una respuesta efectiva por parte del Gobierno Federal, a pesar de ser un paso en la dirección correcta.
– La nueva Fiscalía mantiene la facultad discrecional para atraer los casos que considere, lejos de prever criterios transparentes y objetivos sobre los casos que conocerá. Esto se traduce claramente en que sigue sin tener facultad de investigación para la mayoría de los casos de agresiones.
– El Acuerdo no contiene disposición alguna que obligue agotar las líneas de investigación en todo delito cometido contra quienes ejercen el periodismo considerando la presunción de haberse cometido un delito contra la libertad de expresión.
– El presente Acuerdo marca avance significativo en la definición de sujeto, sin embargo, notamos todavía deficiencias claras ya que lo deja abierto a la interpretación del mismo.
– El presente Acuerdo marca una clara mejoría en reconocer el derecho a la libertad de expresión como bien jurídicamente tutelado.
– Los limitados avances del presente Acuerdo siguen estando dentro de un marco normativo federal deficiente. Al presente Acuerdo le hace falta acompañarlo de la reforma integral referente a la federalización.