Durante audiencias públicas, el asesor legal de Fundamedios habló sobre la inconstitucionalidad y los peligros de aprobar dos preguntas planteadas en materia de comunicación.
(Fundamedios/IFEX) – 29 de enero de 2011 – Fundamedios, organización de la sociedad civil que trabaja en la defensa y protección del derecho fundamental a la libertad de expresión en el país, expusó su postura frente a los contenidos planteados en la Consulta y Referéndum por el primer mandatario, Rafael Correa, en materia de comunicación.
En ese sentido la organización presentó su rechazo frente a la cuarta pregunta de la sección «Consulta» y la tercera de «Enmiendas Constitucionales» que el ejecutivo pretende elevar a Consulta Popular.
Nuestra postura fue presentada durante las dos audiencias públicas desarrolladas el 27 de enero ante los dos jueces de la Corte Constitucional que sustancian el pedido del Presidente de la República. El abogado Juan Carlos Solines, Asesor Legal de Fundamedios, habló en nombre de la organización sobre la inconstitucionalidad y los peligros de aprobar dichas preguntas, que se refieren a la creación de un Consejo de Regulación que norme la difusión de contenidos en los medios y que tendría la facultad de establecer criterios de responsabilidad ulterior; así como a la prohibición para que las empresas de comunicación privadas, sus directores y principales accionistas tengan participación accionaria fuera del ámbito comunicacional, respectivamente.
Solines aseguró ante los magistrados Nina Pacari y Roberto Bhrunis, encargados de presidir las audiencias, que, respecto a la posible creación del mencionado consejo, se está «atentando contra derechos fundamentales y se están entregando a un órgano de regulación facultades sobre temas altamente delicados, que deberían estar normados por una ley.
Esta pregunta entorpece el proceso de discusión democrático que le corresponde liderar a la Asamblea Nacional y dejaría abierta la posibilidad de que el mencionado «Consejo de Regulación» pueda ser de carácter gubernamental, sin ninguna limitación para la presencia de delegados del gobierno central, lo cual contradice lo establecido en el Acuerdo Ético Político alcanzado en diciembre de 2009, que constituye el marco en el cual se estaba discutiendo el proyecto de la Ley de Comunicación.
El planteamiento de la pregunta es muy general y poco preciso, además de que introduce conceptos que no han sido previamente definidos, abriendo la posibilidad de que ese consejo pueda actuar censurando previamente ciertos contenidos que los considere «violentos», «explícitamente sexuales» o «discriminatorios», como reza el texto de la pregunta en cuestión. Los contenidos están expresamente regulados por la Ley de Radiodifusión y Televisión y, por tanto, cualquier cambio o enmienda debería realizarse con el nivel jerárquico de una ley.
Adicionalmente y refiriéndose a la prohibición para que los medios y sus directivos puedan ejercer actividades ajenas a la comunicación para «evitar conflictos de intereses», Solines sostuvo que esta pregunta desconoce la realidad tecnológica y lo que significa el conflicto de intereses.
«No son intereses comerciales que pueden favorecer a una empresa o producto o servicio determinado, aquí los conflictos de intereses se refieren a visiones ideológicas distintas a quienes ejerzan el poder . . . ahí si se podría entender el porqué se plantea esta pregunta», dijo Solines.
En este sentido, Solines también planteó la inconstitucionalidad de dicha pregunta puesto que atentaría contra varios artículos de la Carta Magna de Montecristi, que se refieren al derecho a la libertad de expresión y a la no discriminación, así como contra los artículos 13 y 14 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.