La norma propuesta viola los estándares constitucionales y de derechos humanos en materia de legislación penal y libertad de expresión.
(ADC/IFEX) – Buenos Aires, 15 de diciembre de 2011 – La ADC manifiesta su profunda preocupación respecto del proyecto de legislación antiterrorista que sería tratado por la Cámara de Diputados este jueves. La norma está redactada en términos abiertos, vagos e imprecisos, en violación de los estándares constitucionales y de derechos humanos en materia de legislación penal y libertad de expresión, y podría convertirse en una herramienta para aumentar la criminalización de quienes se manifiestan en reivindicación de sus derechos.
El proyecto de ley, enviado por el Poder Ejecutivo Nacional y aprobado esta semana en la comisión de Legislación Penal de Diputados, prevé incorporar al Código Penal dos nuevos artículos que aumentarían las penas de todos los delitos que fueran cometidos con la «finalidad de aterrorizar a la población» o de «obligar a las autoridades públicas (. . .) a realizar un acto o abstenerse de hacerlo». El proyecto incorpora así un agravante genérico redactado en iguales términos que los contenidos en el artículo 213 sobre asociaciones ilícitas terroristas.
La norma utiliza un lenguaje excesivamente abstracto que no se condice con los requisitos de precisión y claridad en materia penal exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En efecto, el tribunal interamericano establece que las restricciones a la libertad de expresión, para ser legítimas, deben estar previstas en una ley que utilice términos claros y precisos. Por ello, encontró en casos como Kimel v. Argentina, Palamara Iribarne v. Chile o Usón Ramírez v. Venezuela, entre otros, que los tipos penales que utilizan términos ambiguos «que no delimita[n] claramente cuál es el ámbito típico de la conducta delictiva» son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos. Ello impide que las personas puedan prever con claridad cuáles van a ser las consecuencias de sus conductas, lo que genera un efecto inhibitorio sobre su libertad de expresión.
El proyecto advierte que el agravante no se aplicaría cuando «el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional». Sin embargo, la vaguedad de los términos utilizados en la norma no impedirá la apertura de procesos penales bajo las nuevas figuras que se establecen. De este modo, el proyecto de ley, que tiene la finalidad de reforzar la capacidad estatal de reprimir actos asociados con el terrorismo o quienes los financien, podría convertirse en una herramienta para aumentar la criminalización de quienes se manifiestan en reivindicación de sus derechos.
En conclusión, el proyecto representa – por lo menos – un claro retroceso en materia de legislación penal y una restricción indebida a la libertad de expresión. El hecho de que el mismo sea, además, escasamente discutido en el Congreso, sólo empeora la situación.