La Suprema Corte de Honduras dictaminó que una estipulación del Código Penal del país que penaliza los delitos de prensa es inconstitucional y se debe revocar. El 19 de mayo de 2005, la Suprema Corte de Justicia dictaminó que el artículo 345 del Código Penal restringía la libertad de expresión al conceder «protección especial» a […]
La Suprema Corte de Honduras dictaminó que una estipulación del Código Penal del país que penaliza los delitos de prensa es inconstitucional y se debe revocar.
El 19 de mayo de 2005, la Suprema Corte de Justicia dictaminó que el artículo 345 del Código Penal restringía la libertad de expresión al conceder «protección especial» a los funcionarios públicos. «El privilegio establecido en el artículo 345 del Código Penal es un impedimento a la crítica y el debate públicos», declaró la corte. El fallo, que entra en vigor inmediatamente, revocó el artículo.
El artículo 345 contenía la estipulación de («desacato»), según la cual se podía encarcelar a las personas por hasta seis años por injuriar a los funcionarios públicos, incluido el Presidente. En su fallo, la Suprema Corte citó un informe preparado en 1994 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que afirmaba que las leyes de desacato violan la Convención Americana de Derechos Humanos y se deberían revocar porque restringen el derecho a la libertad de expresión. Honduras es un signatario de esa convención.
El fallo fue saludado por el World Press Freedom Committee (Comité Mundial por la Libertad de Prensa, WPFC), el Committee to Protect Journalists (Comité por la Protección de los Periodistas, CPJ) y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
El WPFC dice que la revocación de la estipulación de desacato señala un primer paso para armonizar las leyes de honduras con las normas internacionales. El miembro de IFEX dice que otras estipulaciones que penalizan la difamación se deberían enmendar e incluir en el Código Civil.
Honduras se une a una lista creciente de países latinoamericanos que retiraron las estipulaciones de desacato de sus libros de leyes y que incluye a Argentina, Paraguay, Costa Rica y Perú.
Visite estos vínculos:
– WPFC:
http://ifex.org/es/content/view/full/66902/
– CPJ: http://www.cpj.org/news/2005/Honduras26may05na_Sp.html
– SIP:
http://tinyurl.com/8oudd
– Leyes de desacato: una injuria a la libertad de prensa: http://tinyurl.com/cntg8
– Documento de tipo amicus curiae:
http://tinyurl.com/c2b6p
– Informe de 1994 de la CIDH:
http://tinyurl.com/avsjw
– Convención Americana de Derechos Humanos: http://www.cidh.oas.org/Basicos/Basicos2.htm
– C-Libre:
http://www.conexihon.com