CAinfo expresa su preocupación por el inicio de procesos en la justicia penal ante opiniones o informaciones publicadas en medios de comunicación o redes sociales que generan malestar.
Este artículo fue publicado originalmente en cainfo.org.uy el 7 de noviembre de 2017.
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresa su preocupación por el inicio de procesos en la justicia penal ante opiniones o informaciones publicadas en medios de comunicación o redes sociales que generan malestar.
CAinfo expresa su alerta ante la situación que se dará hoy martes 7 de noviembre de 2017 en el Juzgado Penal de 24 Turno de Montevideo cuando dos periodistas y una usuaria de redes sociales deban comparecer ante la justicia por la denuncia presentada por la empresa Autolider, concesionaria de la marca de automóviles Mercedes Benz.
El hecho se originó cuando el pasado 5 de agosto el periodista Javier Bonilla publicó en su cuenta personal de Facebook que Autolider pediría concordato. Poco después, Bonilla realizó otro posteo en el que informó que la empresa concesionaria de vehículos negó que entrara en concordato.
La publicación fue replicada en la red social Twitter por otro periodista, Albérico Barrios, y luego por otros usuarios de las redes sociales.
La empresa Autolider decidió demandar a estas personas que deberán comparecer hoy martes en el juzgado.
CAinfo advierte que la persecución penal de las opiniones e informaciones tiene un efecto intimidatorio sobre todo el sistema de medios, los periodistas y las personas que quieren buscar, recibir y difundir información.
En el mismo sentido se expresa el relator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, quien señala que «en lo medular todos los conflictos entre la libertad de expresión y el honor de funcionarios o personas públicas salen de los juzgados penales, salvo que un profesional publique una información a sabiendas que es falsa o con absoluto desprecio por la verdad, así como cuando no medie un interés general en la publicación de detalles de la vida privada de una persona pública».
El relator agrega que «en la generalidad de los casos, las informaciones de interés público, publicadas con la correspondiente verificación, no generan responsabilidad penal del periodista y deben dirimirse en la órbita civil».