Fiscales del Ministerio Público y agentes de la Dirección Nacional de Servicios Especiales de Investigación, bajo el amparo de una "inspección", decomisó el 6 de junio de 2013 el equipo de transmisión de la empresa Cable Sula S.A de C.V, valorado en unos 70 mil dólares.
Fiscales del Ministerio Público (MP) y agentes de la Dirección Nacional de Servicios Especiales de Investigación (DNSEI), bajo el amparo de una «inspección», decomisó el 6 de junio de 2013 el equipo de transmisión de la empresa Cable Sula S.A de C.V, valorado en unos 70 mil dólares.
El operativo obedece a una acusación contra del grupo Cable Sula por el delito de violación a los derechos de autor, interpuesta por la empresa de origen guatemalteco «Americana de Producciones S. A (Ampro), ante la Fiscalía de Protección al Consumidor de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés.
Según la empresa guatemalteca, la empresa Cable Sula, no paga por los derechos de transmisión de canales televisivos.
Al respecto, Jorge Ayala, apoderado legal de Cable Sula, expresó que la empresa está bajo una administración judicial decretada en un auto de nombramiento con fecha 4 de febrero de 2013, bajo el expediente 0501-2013-00100, emitido por el Juzgado Primero de Letras de lo Civil de San Pedro Sula.
«La Fiscal Soraya Morales ha dejado fuera del aire la programación habitual de Cable Sula y el abuso en el decomiso ilegal del equipo, violenta derechos y garantías constitucionales como el de la libertad de información y de expresión por eso vamos a llegar hasta las últimas consecuencias», detalló Ayala.
Desde las nueve de la mañana hasta las seis de la tarde, varios medios de comunicación intentaron obtener la versión de los fiscales presentes, pero los agentes policiales de la DNSEI y de la policía preventiva, intentaron impedir a toda costa la cobertura noticiosa e incluso intimidaron a algunos clientes que se encontraban en la empresa, y que hacían fotos con sus teléfonos celulares, detalla la publicación digital del Diario Tiempo del día 6 de junio de 2013.